Entre Códigos

Capítulo 11 v/s Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de EEUU ¿Qué opción es mejor para empresas en riesgo?

Si bien el primero busca reorganizar por completo una empresa y darle viabilidad económica, el segundo apunta a darle protección a los acreedores y resguardar los activos de una empresa que tiene bienes situados en distintas jurisdicciones. Tres abogados detallan sus alcances.

Por: K. Peña y C. Rivas | Publicado: Miércoles 14 de febrero de 2024 a las 14:10 hrs.
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Vista de Enjoy Casino & Resort de Viña del Mar, cuya matriz inició una segunda reorganización judicial activando el Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de EEUU. A su vez, Latam Airlines se acogió al Capítulo 11. Fotos: Agencia Uno y Archivo
Vista de Enjoy Casino & Resort de Viña del Mar, cuya matriz inició una segunda reorganización judicial activando el Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de EEUU. A su vez, Latam Airlines se acogió al Capítulo 11. Fotos: Agencia Uno y Archivo

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Hace unas semanas, la operadora de casinos Enjoy informó que iniciará una segunda reorganización judicial para la que deberá activar el Capítulo 15 de la Ley de Quiebras de Estados Unidos. Este proceso es menos conocido que el Capítulo 11, al que se han acogido otras firmas chilenas como Latam Airlines. Pero, ¿qué los diferencia o por qué algunas empresas nacionales eligen una u otra vía?

María José Contador, del estudio Nelson Contador, Abogados y Consultores, explica que en la legislación concursal de EEUU, las normas de insolvencia aparecen reguladas en distintos capítulos y que los que más han tenido efecto en Chile son justamente el 11 y el 15. Según detalla, al Capítulo 11 recurren las empresas que tienen su centro de operaciones en el país norteamericano, ya sea porque su domicilio está ubicado en ese país o porque su estructura de deudas está regulada por su normativa, para negociar con sus acreedores distintas fórmulas que le permitan salir de la crisis.

Este mecanismo tiene a lo menos dos aspectos diferenciadores respecto del procedimiento de reorganización chileno: por un lado, explica, “el proceso concursal en EEUU se radica en cortes especializadas en insolvencia, donde el rol del juez es muy activo y primordial a la hora de conocer el plan de reestructuración” de la firma. Y, por el otro, cuando los acreedores prueban que el plan de reestructuración es nocivo para sus intereses, pueden proponer un plan propio, siempre que el juez lo valide y acepte.

“En tiempo, costos y tramitación, es mucho más sencillo, la mayoría de las veces, un procedimiento de chapter 15”, comentó Ricardo Reveco.

“El proceso en EEUU se radica en cortes especializadas en insolvencia, donde el rol del juez es muy activo a la hora de conocer el plan de reestructuración”
, dijo María José Contador.

“El perfil de un Capítulo 15 necesariamente tiene que ser una multinacional. Si la empresa tiene sus activos en un único país, solo va a ser necesario el Capítulo 11”
, indicó Sergio Yávar.

El proceso chileno coincide con el que se hace bajo el amparo del Capítulo 11 en que en ambos se puede conseguir financiamiento para solventar la caja de la compañía en crisis, con un respaldo en materia de garantías y de preferencias en el pago, para la entidad financiera que facilita los recursos; “esta última facilidad, recién la adoptó nuestra legislación concursal, en mayo del año recién pasado, cuando se hicieron ajustes a la Ley 20.720 que regula los procedimientos de insolvencia”, explica Contador.

Sergio Yávar, socio de Litigios y Arbitrajes de Guerrero Olivos, sintetiza que el objetivo del capítulo 11 es reorganizar por completo una empresa y darle viabilidad económica. Mientras, el Capítulo 15 lo que persigue es que distintos tribunales ubicados en países diversos puedan cooperar a fin de que los bienes que están ubicados de una misma empresa en distintos países puedan ser parte de un proceso concursal, sea de quiebra o sea de reorganización.

En esa línea, recalca que la "piedra angular" del Capítulo 15 es darle protección a los acreedores y resguardar los activos de una empresa que tiene bienes situados en distintas jurisdicciones. "Por eso es que el perfil de un Capítulo 15 necesariamente tiene que ser una multinacional. Si la empresa simplemente es local y tiene sus activos en un único país, solamente va a ser necesario el inicio de un Capítulo 11", sostiene, añadiendo que "el perfil de un Capítulo 15 necesariamente tiene que ser una multinacional. Si la empresa simplemente es local y tiene sus activos en un único país, solamente va a ser necesario el inicio de un Capítulo 11.

Ricardo Reveco, María José Contador y Sergio Yávar.


Costos y duración

Otros elementos diferenciadores son los tiempos y costos involucrados. En cuanto a estos últimos, Ricardo Reveco, socio de Carey del grupo de Insolvencia y Reestructuraciones, sostiene que en ambos procesos estos son "altísimos" para el estándar nacional. Pero asegura que "sin lugar a dudas, el procedimiento iniciado por un chapter 11 multiplica varias veces los fees que cobran los abogados, pues en Estados Unidos, además de pagar los honorarios de los abogados y asesores financieros del deudor, la empresa en reorganización debe pagar los fees del Unsecured Creditors Comittee, que representa los intereses de los acreedores valistas, lo que comprende pagar también a varios abogados y asesores financieros".

En cambio, añade, "en tiempo, costos y tramitación, es mucho más sencillo, la mayoría de las veces, un procedimiento de chapter 15, supone una presentación al tribunal y luego una audiencia ante el tribunal federal de bancarrota".

Yávar coincide en que, en términos de rapidez, evidentemente el capítulo 11 es más largo porque tienen que haber propuestas de reestructuración de pasivos, negociaciones con los acreedores y juntas de acreedores que vayan aprobando los planes que presenta la empresa deudora.  En cambio, "el Capítulo 15, como tiene una lógica mucho más de protección de activos y protección de intereses de acreedores, tiende a ser más rápido", sostiene. Pero enfatiza: "Uno y otro son complementarios en la medida que la empresa que está en insolvencia tenga activos en distintas jurisdicciones, en distintos países".

Incluso, Contador advierte que, a diferencia del procedimiento que rige en Chile, la aprobación del Plan de Pagos del Capítulo 11 puede extenderse por más de 24 meses, mientras que en Chile se puede aprobar en dos meses.

Consultado por los casos en que se usa uno u otro proceso, para Reveco es una "decisión multifactorial" que comprende factores legales y de conveniencia, lo que al final implica -dice-  "determinar en qué jurisdicción deseo tramitar el procedimiento de reorganización de la respectiva empresa".

En el análisis, por ejemplo, señala que si la mayoría de los acreedores son nacionales, y la compañía no dispone de muchos recursos para solventar un Capítulo 11, "la opción más conveniente es reestructurase en Chile y simplemente reconocer ese procedimiento en el extranjero, mediante un chapter 15 o proceso de reconocimiento u homologación".

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